PLANTEAMIENTOEl10 de marzo de 2019, un contribuyente recibe una notificación de la Agencia Tributaria con una propuesta de liquidación de la
cláusulasuelo. En diciembre de 2015 los demandantes transmitieron el inmueble hipote - cado y cancelaron el préstamo. Días más tarde, la entidad financiera contestó al requerimiento efectuado comunicándoles el archivo de la solicitud de elimi - nación de la cláusula suelo dada la cancelación del préstamo hipotecario. Elciudadano que reciba dinero que provenga de reclamar cláusula suelo y que aplicó en su día la deducción por vivienda habitual, esta debería haber sido menor y se tendrá que devolver ese exceso a la AEAT.. La única salvedad serán los últimos 4 años dado que el resto están prescritos. Esta deducción se eliminó para las viviendas que se Importante no se integrará en la base imponible del IRPF la devolución, en efectivo o a través de otras medidas de compensación, de las cantidades previamente satisfechas a las entidades financieras en concepto de intereses por la aplicación de cláusulas de limitación de tipos de interés de préstamos (la denominada cláusula suelo), junto con sussuelosno edificados o inmuebles de naturaleza rústica. 1.2. Constitución de derechos o facultades de uso o disfrute sobre bienes inmuebles Los rendimientos derivados de la constitución o cesión de un derecho o facultad sobre un bien inmueble, cualquiera que sea su naturaleza, se califican como rendimientos del ca-pital inmobiliario.4m1a.